La Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal dio a conocer el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria, el cual estará vigente del 1 de enero al 30 de junio de 2015 para todas las unidades que circulen en el Distrito Federal.
Por lo que todos los vehículos deberán realizar y aprobar la verificación de emisiones vehiculares cada semestre, excepto los que obtengan holograma doble cero “00”, el cual exenta de este programa hasta por tres semestres posteriores al que fue obtenido.
Los vehículos nuevos o usados que se registren por primera vez en la capital del país deberán verificarse dentro de los 180 días naturales contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta de circulación, con excepción de los que cuenten con el holograma “00”.
Las unidades matriculadas en el D.F. que fueron verificadas en su periodo próximo anterior, deberán continuar haciéndolo conforme al color de la calcomanía o al último dígito numérico de las placas de circulación.
Engomado o terminación de placa |
Periodo |
Amarillo o terminaciones 5 y 6 |
enero y febrero |
Rosa o terminaciones 7 y 8 |
febrero y marzo |
Rojo o terminaciones 3 y 4 |
marzo y abril |
Verde o terminaciones 1 y 2 |
abril y mayo |
Azul o terminaciones 9 y cero |
mayo y junio |
El costo por los servicios de verificación vehicular es de $356 pesos -5.1 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente ($69.95 pesos) más IVA- para todo tipo de Constancia de Verificación (Holograma “00”, “0”, “1”, “2”, Rechazo y Evaluación Técnica) que se entregue al usuario. Esta nueva cifra equivale a $42 pesos menos que en el programa 2014, donde costó $398 pesos.
La verificación podrá ser gratuita cuando la verificación que le anteceda sea un rechazo vehicular, siempre y cuando la verificación par se realice en el mismo Verificentro donde fue rechazado.
Asimismo, los autos de otros estados y del extranjero podrán hacer la prueba ambiental las veces que sean necesarias para obtener los hologramas 00, 0, 1 y 2. Además, la constancia de tipo “EXENTO” será expedida sin costo.
Cabe señalar que los tractores agrícolas, la maquinaria dedicada a las industrias de la construcción y minera, las motocicletas, los vehículos eléctricos y los que porten matrícula de auto clásico o de demostración y/o traslado, así como aquellos cuya tecnología impida la aplicación de la Norma Oficial Mexicana correspondiente podrán circular todos los días.
Por otro lado, la Dirección General de Regulación Ambiental emitió los lineamientos para que Laboratorios Ambientales conserven su registro ante el Padrón de Laboratorios Ambientales reconocido por el Gobierno del Distrito Federal así que para renovar su registro deberán descargar los formatos correspondientes de reinscripción, en la página de internet.
Estos lineamientos para la reinscripción de los laboratorios entrarán en vigor este jueves, de acuerdo con la Gaceta Oficial del Distrito Federal.