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Estas regulaciones impulsan la industria del blindaje en México

Han implementado regulaciones más estrictas y eficientes para evitar talleres clandestinos artesanales.

Estas regulaciones impulsan la industria del blindaje en México

En 2008, la Secretaría de Seguridad Pública Federal -SSPF- anunció la regulación obligatoria de todas las empresas blindadoras de automotores que ofrecen sus servicios en nuestro país, con el fin de llevar un control y seguimiento de esta actividad.

Actualmente en México existen regulaciones específicas para la fabricación y uso de equipos blindado que garantizan que los vehículos y otros equipos cumplan con estándares de seguridad y calidad:

Normas Oficiales Mexicanas (NOM)

Dichas normas establecen los requisitos técnicos y de seguridad para la fabricación, comercialización y uso de vehículos blindados.

Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos: 

Regula la posesión y uso de vehículos blindados, estableciendo que deben ser registrados y autorizados por la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA).

Permisos y licencias

La fabricación, comercialización y uso de vehículos blindados requiere permisos específicos de la SEDENA.

Regulación aduanera

La importación de vehículos blindados también está regulada, y es necesario cumplir con requisitos específicos para ingresar al país.

Sin embargo, al igual que en otros sectores económicos en el país, existen empresas de blindaje apócrifas, algunas relacionadas con el crimen organizado. De acuerdo con René Rivera Arózqueta, Enlace con Autoridades y Asociaciones del Consejo Nacional de la Industria de la Balística (CNB) “A pesar de los avances, aún existen desafíos que deben ser abordados para la implementación completa de la regulación. Es necesario un marco legal integral que abarque todos los aspectos del blindaje, desde la fabricación hasta la instalación y el mantenimiento. Tanto los reguladores como las empresas del sector deben recibir capacitación continua para mantenerse actualizados con las mejores prácticas y tecnologías”.

Como parte de la normatividad que se tiene que cumplir en el territorio nacional, todas las entidades comercializadoras en temas de blindaje deben tener registro en la Dirección General de Seguridad Privada (DGSP) y estar inscritos ante el Portal de Prevención de Lavado de Dinero por lo que los clientes pueden verificar que su proveedor balístico tenga por lo menos cinco años de antigüedad, permiso de la DGSP, reconocimiento de un organismo como el CNB, y que no tenga denuncias ante instancias como la Profeco.

Gadi Mokotov, presidente de la Comisión Ejecutiva del CNB señala que “Para que exista una regulación efectiva, es necesario que las autoridades competentes trabajen en estrecha colaboración con el sector para establecer estándares y mecanismos de supervisión adecuado, así mismo es fundamental que se realicen campañas de concientización y educación para que los consumidores estén informados sobre la importancia de la calidad y seguridad en el blindaje”.

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