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Norma Emergente de verificación vehicular a partir del 1 de julio de 2016

Los vehículos nuevos quedarán exentos de verificación

Norma Emergente de verificación vehicular a partir del 1 de julio de 2016

A través de la Norma Oficial Mexicana de Emergencia, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) ha dado a conocer las nuevas normas de verificación de gases contaminantes a los vehículos que circulen en la Megalópolis, que comprende: Ciudad de México, Estado de México, Hidalgo, Morelos, Puebla y Tlaxcala.

Como es bien sabido, en virtud de que en los últimos meses la zona metropolitana del Valle de México presentó altas concentraciones de ozono, las autoridades implementaron el "Hoy no circula" que afectó sin excepción alguna todos los vehículos durante abril, mayo y junio. Esto trajo consigo que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales desarrollará de manera emergente la NOM-EM-167-SEMARNAT-2016 que entrará en vigor el próximo 1 de julio, con una vigencia de un semestre, aunque se podría ampliar por un periodo igual en caso de que fuera necesario.

A continuación presentamos los puntos más relevantes de la nueva norma de verificación vehicular:

 

- Aplicará a todos los vehículos de más de 400 kilogramos de peso, es decir, las motocicletas quedan exentas.

- Paradójicamente esta norma anuncia que los Centros de Verificación de las entidades que integran la Megalópolis serán verificados, para que estén en condiciones de efectuar las revisiones a los vehículos como es debido.

- Establece límites máximos permisibles de emisión de contaminantes provenientes de los vehículos automotores que usan como combustible gasolina, gas licuado de petróleo, gas natural, diésel, entre otros alternos.

- Ahora el procedimiento de verificación vehicular sólo confirmará las condiciones del vehículo mediante el uso de herramientas tecnológicas y no con base en una inspección visual o una medición de gases en el escape, mismos que no permiten identificar fallas en los componentes del motor.

- Para los vehículos año modelo 2006 y posteriores ya no serán evaluados con dinamómetro, sino serán verificados con el Sistema de Diagnóstico a Bordo u On board Diagnostic (ODB II) que permite monitorear los niveles de emisiones contaminantes desde la computadora de los automóviles.

- Todos los vehículos anteriores a 2005 continuarán siendo evaluados con el mismo Método de Prueba Dinámica, es decir, el dinamómetro.

- Aquellos vehículos modelo 2016 y posteriores, que utilicen como combustible gas natural o gasolina y cuenten con el sistema especificado de la NOM, quedarán exentos de la verificación vehicular hasta por cuatro años a partir de su adquisición, con excepción de los que presten cualquier tipo de servicio público, federal o local, así como servicio privado regulado.

- Los vehículos híbridos y eléctricos no verifican.

- Estos son los niveles máximos y monóxido de carbono -CO- óxido de nitrógeno -NOx- para obtener el holograma 0, 1 y 2 sin importar el año modelo del vehículo.

Holograma 0 - 0.4 CO y 250 NOx

Holograma 1 - 0.7 CO y 700 NOx

Holograma 2 - 2.5 CO y 2000 NOx

- Así quedan los hologramas con esta nueva norma de verificación vehicular.

Holograma Azul - para los vehículos eléctricos e híbridos 

Holograma 00 - es otorgada para los vehículos nuevos durante cuatro años, aunque deberan acudir a los dos años de adquisición para ratificar las emisiones contaminantes

Holograma 0 - aquellos vehículos que no sean nuevos deberán ser evaluados en el Sistema de Diagnóstico a Bordo y en el Método de Prueba Dinámica

Holograma 1 y 2 - para aquellos vehículos que no puedan ser diagnosticados con el Sistema de Diagnóstico a Bordo o que en su defecto no alcancen los niveles antes mencionados

 

 

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