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Estos son algunos hábitos de manejo que son una infracción en la CDMX

Te dejamos una lista con las que consideramos son las que tienen mayor incurrencia.

Estos son algunos hábitos de manejo que son una infracción en la CDMX

Como bien dicen, el desconocimiento de la ley no te exime de la sanción, y es por eso que nos dimos a la tarea de examinar el reglamento de tránsito con la finalidad de darte a conocer algunas infracciones que quizá desconocías o bien has pasado por alto. Las más recurrentes son, por ejemplo la inclusión de artículos que no vienen de fábrica, el uso indebido del claxon, circular con la música a altos decibeles, el uso del celular entre otras.

Sin más, te dejamos con la pequeña lista, así como el monto de la sanción si es que llegas a cometer en alguna de ellas.

Uso excesivo del claxon

  • Artículo 7 - Fracción III: Utilizar el claxon para un fin diferente al de evitar una colisón, especialmente en condiciones de congestión vehicular, así como provocar ruido excesivo con el motor.

Esta multa será sancionada con 5 a 10 salarios mínimos además de restar un punto a tu licencia de conducir.

Cultura vial

  • Artículo 8 – Fracción III: Los conductores deben compartir los carriles de circulación.
  • Fracción V: Rebasar a otro vehículo solo por el lado izquierdo.
  • Fracción VIII: Indicar la dirección de giro o cambios de carril mediante luces direccionales.

Esta multa será sancionada con 5 a 10 salarios mínimos además de restar un punto a tu licencia de conducir.

Preferencia de paso

  • Artículo 10 Fracción I, II y III: Los peatones, vehículos no motorizados y vehículos de emergencia (siempre y cuando circulen con señales luminosas) tienen preferencia de paso sobre el resto de los vehículos.

Esta última multa será sancionada con 10 a 20 salarios mínimos además de restar tres puntos a tu licencia de conducir.

Estacionamiento en vía pública

  • Artículo 30 - Fracción I, XII y XVIII: Se prohíbe estacionarse sobre vías peatonales, especialmente banquetas, rampas y cruces, así como en vías ciclistas exclusivas, sobre la vía en dos o más filas y en lugares o cajones destinados al estacionamiento de vehículos que transporten o sean conducidos por personas con discapacidad, identificados con el señalamiento informativo.

Esta multa será sancionada entre 10 y 30 salarios mínimos además de restar de tres a seis puntos a tu licencia de conducir.

Acciones que ponen en riesgo tu integridad

  • Artículo 38 Fracción II: Se prohíbe a los conductores de vehículos motorizados, utilizar objetos que representen un distractor (teléfono móvil, GPS y navegadores), producir ruido excesivo mediante el sistema de altavoces del vehículo, instalar o utilizar pantallas de proyección (cuando no vengan de fábrica) y utilizar luces auxiliares de niebla delanteras o traseras.

Estas multas serán sancionadas entre 5 y 30 salarios mínimos, además de restar entre uno y tres puntos a tu licencia de conducir.

Modificaciones aftermarket

  • Artículo 43 Fracción II, III, V, VII: Se prohíbe instalar o utilizar faros deslumbrantes que no cumplan con las Normas Oficiales Mexicanas, luces de neón y portaplacas que obstruyan la visibilidad de la matrícula (micas, láminas transparentes u obscuras), modificar el sistema de escape, colocar sistemas antirradares y películas de control solar, ya sea polarizado u obscurecimiento de vidrios laterales en un porcentaje mayor al 20%.

Estas multas serán sancionadas entre 10 y 50 salarios mínimos.

Conducción bajo efectos de alcohol o estupefacientes

  • Artículo 50: Queda prohibido conducir vehículos motorizados cuando se tenga una cantidad de alcohol superior a 0.8 gramos por litro, así como bajo el influjo de narcóticos, estupefacientes o psicotrópicos.

Esta multa será sancionada con arresto administrativo inconmutable de 20 a 36 horas, además de restar seis puntos a tu licencia de conducir.

 

Ahora que sabes un poco más de las infracciones, cuéntanos ¿has cometido alguna?

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