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Modificaciones para el Reglamento de Tránsito 2009

Las reglas son más estrictas para eliminar elementos de distracción al conducir y se duplicaron sanciones para reducir el número de accidentes.

Modificaciones para el Reglamento de Tránsito 2009

El Gobierno del Distrito Federal, realizó algunos cambios al Reglamento de Tránsito con el fin de reducir el número de accidentes ocasionados por conductores distraídos e imprudentes. Se ha observado que el celular es el principal distractor para el conductor, por lo que parte de las modificaciones de dicho reglamento hace énfasis en el uso de la tecnología celular, seguido por el número de accidentes ocasionados por conducir en estado de ebriedad y exceso de velocidad.

Recuerda que los agentes de tránsito se deben identificar a la hora de pedir que detengas tu auto, y si tienes alguna duda al respecto, tienen la obligación de darte toda la información que necesites, así como justificar sus argumentos con el Reglamento de Tránsito en manos.

Algunos de las modificaciones del Reglamento de Tránsito 2009 son:

-    A todo automovilista que sea sorprendido utilizando cualquier tipo de aparato de telecomunicación (celulares y manos libres) que implique una distracción al conducir, se hará acreedor a una sanción económica que va desde los  $548 a los $1,096 pesos.
-    A los vehículos que den vuelta en sitios prohibidos y/o invadan el carril confinado al Metrobús, salvo que exista algún señalamiento que lo permita, se duplicó la multa a $2,192 pesos, además de remitir el vehículo al corralón.
-    Quienes invadan las rampas para personas discapacitadas y/o se estacionen en doble fila en un lugar no permitido, la multa se duplicó a $2,192 pesos, además de remitir el vehículo al corralón.
-    La distracción causada por pantallas y de dispositivos de apoyo a la conducción, como mapas y navegadores GPS en la parte delantera de los vehículos, también duplicó su sanción.
-    Los vehículos de transporte público de pasajeros que conduzcan sin licencia o tarjetón, placas, permiso provisional vigente y/o el engomado de la concesión, serán acreedores a una sanción de 80 a 100 días de salario mínimo, que oscila entre los $4,384 y $5,480 pesos y remitiendo la unidad al corralón.
-    Los vehículos de transporte público de pasajeros que hagan base o se estacionen en lugar no autorizado, el monto se eleva a $7,124 pesos y remitiendo la unidad al corralón.

-    Los conductores de vehículos de transporte de carga que se estacionen en la vía pública o en la proximidad de una fuente de riesgo, y realicen maniobras de carga y descarga en lugares inseguros y no destinados para tal fin, pagarán una multa de entre 400 y 600 días de salario mínimo, que van desde los$ 21,920 a los $32,880 pesos.
-    Para los conductores cuya licencia haya sido cancelada y conduzcan algún vehículo, serán sancionadas con la remisión de la unidad al depósito y una multa de 90 a 180 días de salario mínimo, que oscila entre los $ 4,932 a los $9,864 pesos.
-    Se establece además arresto administrativo inconmutable de 20 a 36 horas al conductor que circule con una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro, 0.4 miligramos por litro expirado o bajo el influjo de narcóticos, lo que les implicará también seis puntos de penalización en su licencia de conducir.